¿A quién se aplica?
A los comerciantes minoristas, que para Hacienda son quienes cumplen todo esto:
- Son personas físicas, o comunidades de bienes y entidades en atribución de rentas formadas por personas físicas. Las sociedades, como las S.L. o las S.A., quedan fuera.
- Venden productos sin fabricarlos ni transformarlos.
- Más del 80 % de sus ventas del año anterior fueron a consumidores finales.
Para ellos el régimen es obligatorio: no pueden renunciar a él.
Los tipos del recargo
| IVA del producto | Recargo de equivalencia |
|---|---|
| 21 % | 5,2 % |
| 10 % | 1,4 % |
| 4 % | 0,5 % |
| Tabaco | 1,75 % |
Cómo se factura
El IVA y el recargo se calculan sobre la misma base y van por separado en la factura. Por ejemplo, diez cajas de tornillos a 20 € para una ferretería en recargo de equivalencia:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base imponible | 200,00 € |
| IVA 21 % | 42,00 € |
| Recargo de equivalencia 5,2 % | 10,40 € |
| Total | 252,40 € |
Lo que tienes que saber si eres el proveedor
- Solo se aplica a la venta de productos. Los servicios no llevan recargo.
- Tu cliente tiene que acreditarte que está en el régimen. Es su responsabilidad avisártelo.
- Lo declaras tú, como IVA repercutido, junto al resto de tu IVA.
- Si se te olvida aplicarlo, la factura no es correcta y tendrás que corregirla con una rectificativa.
Lo que supone para el minorista
Paga un poco más a sus proveedores, el IVA más el recargo, pero a cambio no presenta declaraciones trimestrales de IVA por esa actividad ni lleva libros de IVA.
Preguntas frecuentes
¿Una sociedad puede estar en recargo de equivalencia?
No. Solo personas físicas, comunidades de bienes y entidades en atribución de rentas formadas por personas físicas.
¿Se aplica a los servicios?
No, solo a la venta de productos.
¿Cómo sé si mi cliente está en recargo?
Pídeselo: es tu cliente quien tiene que acreditártelo.
¿Y si vendo productos con distintos tipos de IVA?
Cada producto lleva el recargo que corresponde a su IVA, y en la factura se desglosan por separado.
Fuentes
- Ley 37/1992 del IVA, artículos 148 a 163, régimen especial del recargo de equivalencia (BOE)
- Tipos y requisitos recogidos por Emprendedores
- Tipos y requisitos recogidos por Taxdown
- Tipos y requisitos recogidos por Guía Fiscal